Le informo que el trabajo autónomo ha sido objeto en estos últimos años de una gran transformación normativa. Los autónomos que pierdan su negocio y por lo tanto se queden en paro, cobrarán una media de 580,00 € de mínimo y 2.230,00 € de máximo al mes a partir del 1 de Enero de 2012, de acuerdo con el programa de cotización, prestación establecida en la Ley aprobada por el congreso de los Diputados el 5 de Agosto de 2010, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
Con esta Ley, las diferentes Asociaciones de Autónomos entre ellas, la Asociación de Imagen Personal de Bizkaia, por fin hemos visto hecha realidad una de nuestras reivindicaciones más antigua tras muchos años solicitándola a los diferentes Gobiernos de Turno. Esta Ley contempla todos los requisitos que los Autónomos/as deben cumplir para tener derecho a la protección de poder cobrar el paro por cese de actividad. Entre los diferentes requisitos se encuentra el de la Prestación económica.
La duración de la Prestación económica por cese de actividad estará en función de los periodos de cotización efectuados dentro de los cuarenta y ocho meses anteriores a la situación legal de cese de actividad de los que, al menos, doce deben ser continuados e inmediatamente anterior a dicha situación con arreglo a la siguiente escala:
Periodo de cotización............Periodo de la protección
Meses cotizados.......................................Meses
De doce a diecisiete............................. 2
De dieciocho a veintitrés....................... 3
De veinticuatro a veintinueve................. 4
De treinta a treinta y cinco................... 5
De treinta y seis a cuatrenta y dos....... 6
De cuarenta y tres a cuarenta y siete... 8
De cuarenta y ocho en adelante......... 12
Si necesita ampliar la información sobre este tema le aconsejamos se ponga en contacto con su Asesor Fiscal Laboral, o pase por esta Asociación donde podremos ampliarle la información y darle una copia de esta Ley.